27 julio, 2024
Interes General

Del 16 al 30 de abril regirán nuevas medidas restrictivas

Luego de los anuncios del Presidente Alberto Fernández, se dieron a conocer cuáles son las nuevas medidas restrictivas, que pretenden frenar el avance de la segunda ola.

Con el objetivo de hacerle frente a la segunda ola de covid19 en Argentina, y lograr que siga creciendo la curva de casos, desde el Gobierno nacional, ya se oficializó la normativa anunciada por el Presidente Alberto Fernández.

En tanto, ya entró en vigencia desde este viernes 16 y hasta el 30 de abril. Una de las medidas más polémicas, tiene que ver con las clases presenciales. Ya que quedó ratificada la suspensión de las clases presenciales en AMBA, esto significa que las clases continuarán de manera virtual.

Además, habrá restricciones en la nocturnidad y la necesidad del permiso obligatorio para esenciales.

Según el DNU: “En este contexto, también resulta necesario, además de la adopción de las medidas mencionadas, suspender en el Área Metroplitana de Buenos Aires (AMBA), a partir del 19 de abril y hasta el 30 de abril de 2021, inclusive, las clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades y las actividades educativas no escolares presenciales”, dice el decreto.

Asimismo, los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), deberán permanecer cerrados entre las 19 horas y las 6 de la mañana, “salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía”. La única novedad del decreto es que entre las 6 y las 19, esos locales gastronómicos “solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre”, lo que restringe los espacios cerrados durante el día.

¿Cuáles son las actividades suspendidas hasta el 30 de abril?

– Actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

– Centros comerciales y shoppings.

– Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales.

– Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Para las actividades del rubro gastronómico especifica que, entre las 6 y las 19 hs, sólo podrán atender clientes en espacios habilitados al aire libre. Luego, deberán continuar bajo las modalidades delivery y “para llevar” (take away)”.

AMPLIACIÓN DEL HORARIO RESTRINGIDO PARA CIRCULAR

-De 20 hs. a 6 hs. del día siguiente.

SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CLASES PRESENCIALES

-Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles en el período comprendido entre los días lunes 19 de abril y 30 de abril inclusive. Se retoma la continuidad de las clases presenciales (el sistema era mixto en PBA).

 

 

 

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