27 abril, 2024
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Se encuentra disponible la consulta del Registro Electoral de personas extranjeras

Se  podrá verificar los datos en el padrón provisorio y realizar consultas o reclamos.

Del 1 al 31 de marzo se encuentra habilitada la consulta, avanzando en la igualdad de condiciones que establece la Constitución, con respeto a los derechos políticos plasmada en el primer Código Electoral de la Ciudad en el año 2018.Para  poder ejercer el derecho al voto, se debe figurar en el padrón, y en el caso de las personas migrantes que residan dentro distrito esto no es ajeno.

 Deben cumplir con los siguientes requisitos:

-No estar inhabilitado/a para ejercer sus derechos políticos

-Tener DNI extranjero

-Tener mínimo 16 años cumplidos a la fecha de las elecciones generales

-Tener residencia permanente y domicilio en la Ciudad

Se  dispuso la publicación extraordinaria del padrón provisorio de “Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes”, con el objetivo que las personas puedan modificar  datos o reclamar  si no se encuentran en el listado, solo  los  migrantes residentes en la Ciudad de Buenos Aires que cumplan los requisitos correspondientes en el Código Electoral. De acuerdo a los datos que arrojó el Tribunal Superior de Justicia, en  febrero de 2021 se estaban inscriptos  398.222 extranjeras y extranjeros en condiciones de votar para poder  en las próximas elecciones.

Se aproximan las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias 2021, se encuentra habilitado el Registro Electoral de Extranjeros para que las y los extranjeros con residencia de 2 años en la provincia de Buenos Aires y que sean mayores de 18 años, puedan verificar si sus datos aparecen de manera correcta. Para hacerlo, hay que ingresar a juntaelectoral.gba.gov.ar y completar los campos con los datos requeridos. En caso de que exista un error u omisión, se debe realizar el reclamo correspondiente ingresando al botón “Ir al formulario de reclamos para el registro de extranjeros”. En las elecciones de este año, las y los extranjeros podrán elegir legisladores y legisladoras provinciales, concejales y consejalas así como consejeros y consejeras escolares

En el  2016 se creó el  Programa “En la Ciudad, Votás”, con el fin del derecho al sufragio de la población migrante e incentivar su participación, a través de Puestos de Información y Consulta, jornadas de difusión, así como espacios de intercambio y capacitación con referentes y entidades representativas de las población migrante que reside en la Ciudad.

CABA: Toda la información requerida que se vincule con los/as electores/as extranjeros/as residentes en la Argentina que viven en CABA, se debe solicitar al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Voto: El sufragio es libre, igual, secreto, universal, obligatorio y no acumulativo. Los extranjeros/as residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de condiciones que los ciudadanos/as argentinos/as empadronados/as en este distrito, en los términos que establece la ley.
(Art. 62, Constitución CABA).

Provincial: Toda la información requerida que se vincule con los/as electores/as extranjeros/as residentes en la Argentina que viven en la Provincia de Buenos Aires, se debe solicitar a la Junta Electoral de la provincia.

Voto: Los/as extranjeros/as gozarán en el territorio de la Provincia de todos los derechos civiles del ciudadano/a y de los demás que esta Constitución les acuerda; la atribución del sufragio popular es un derecho inherente a la condición de ciudadano/a argentino/a y del extranjero/a en las condiciones que determine la ley, y un deber que se desempeña con arreglo a las prescripciones de esta Constitución y a la ley de la materia.
(Arts. 34 y 59, Constitución Provincial).

Informes: Programa “En la Ciudad, Votás   .

 

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